El desarrollo de los contratos de empresa dio paso a estas cláusulas, que han impactado en las organizaciones y en el régimen de la competencia.
Hoy no solo se las ve en los contratos de distribución y de suministro, sino que son práctica constante en toda clase de acuerdo, razón por la que el autor realiza precisiones tanto sobre el contenido obligacional general, como cuando se incluyen como una prestación accesoria o cuando mutan en obligación principal.
Las cuestiones relevantes vinculadas con estas cláusulas no solamente se relacionan en esta obra con las obligaciones de hacer que pueden surgir como consecuencia de la previsión, sino también, y fundamentalmente, con las obligaciones de no hacer implícitas en la prestación asumida, que –a pesar del desarrollo de este tipo de obligaciones en la contratación moderna– no han merecido una profunda atención en la legislación civil y comercial unificada.
La trascendencia económica y jurídica de estos acuerdos puede llegar a tener influencia en los mercados; por ello se han analizado las normas de orden público-económico que pueden afectarlas.
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